Inmueble / Castellón/Castelló

C/Vinaros 88, 6

JUDICIAL EN VÍA DE APREMIOPortal BOE
Finalizada

C/Vinaros 88, 6

Inicio: 23/06/26
Cierre: 13/07/26
Benicarlo, Castellón/Castelló

Valor Subasta

141.280,26 €

Valor Tasación

No Consta

Valor Reclamado

130.317,86 €

Depósito Mínimo

7064,01 €

Descripción

Vivienda de la cuarta planta alta, del cuerpo o porción de construcción destinada a viviendas, con fachadas a la calle Vinaròs y avinguda Alacant; del conjunto inmobiliario en Benicarló, con fachadas a la avinguda Cataluña número sesenta y uno, calle Vinaròs, número ochenta y ocho y avinguda Alacant, sin número. Se denomina tipo F. Tiene su acceso por el portal y escalera recayente a la calle Vinaròs. Mide una superficie construida de cincuenta y seis metros y treinta y cuatro decímetros cuadrados; y una superficie útil de cuarenta y nueve metros y noventa y un decímetros cuadrados. Se distribuye en: cocina-comedorestar, dos dormitorios, baño, recibidor-pasillo, lavadero y terraza. Linderos: según la posición de una persona situada frente a la puerta de acceso de esta vivienda; frente rellano y vivienda tipo G de esta misma planta; derecha entrando, otro edificio promovido por la sociedad otorgante; fondo, vuelo de la calle Vinaròs, e izquierda, vivienda tipo E de esta misma planta. CUOTAS.- Se le asigna las siguientes cuotas: 1) En relación al total valor del conjunto inmobiliario, integrado por las fases primera y segunda, elementos comunes, beneficios y gastos, de uno coma cincuenta enteros por ciento. 2) Y en relación al valor, elementos comunes, beneficios y gastos del cuerpo de edificación de treinta y dos viviendas, en donde se integra, e dos coma ochenta y tres enteros por ciento.

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MundoScore™7.5/10

Análisis de Oportunidad

"Vivienda en Benicarló, posible oportunidad si está libre."

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Simulación inversión

ITP0,00
Comisión (3%)0,00
IVA s/ Comisión (21%)0,00
Resto de Gastos0,00
Total Inversión0,00

* En subastas judiciales, el régimen fiscal depende de la naturaleza del deudor (ejecutado). Hacienda puede exigir el pago basado en sus tablas de valores fiscales si la puja es inferior al valor de referencia.

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